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Empleo: Trabaja con Nosotros

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De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos de que los datos de carácter personal facilitados en el presente serán incorporados en un fichero titularidad y responsabilidad de DISEÑO Y TECNOLOGIA.INGENIEROS CONS.S.L.U.

Medidas de seguridad para el tratamiento de datos personales a Través de curriculum vitae

Los currículums que cada día recibimos contienen datos personales del candidato o futuro candidato. El teléfono, dirección, nombre y apellidos, correo electrónico son datos personales y para respetar la protección de datos del currículum es necesario informar al interesado sobre dónde van a almacenarse esos datos, para qué vamos a usarlos y dónde pueden ejercer sus derechos si quieren cancelar, rectificar u oponerse a ese tratamiento. Además, necesitamos el consentimiento expreso del titular.

Siempre que recibamos un currículum debemos pedir el consentimiento al titular para poder tratar los datos personales incluidos en el mismo. Ese consentimiento debe otorgarse por escrito o, en todo caso, de manera expresa.

En caso de no tener el consentimiento del candidato debemos destruir ese currículum.

Si el currículum está en papel se debe destruir en una destructora de documentos, y no tirándolo a la papelera, ya que contiene datos personales.

Si está en un email, se debería borrar ese email del puesto y del servidor.

El tratamiento de datos es lícito cuando resulta necesario para la aplicación a petición de la persona trabajadora de medidas precontractuales o la intención de concluir un contrato (art. 6.1.b RGPD).

El tratamiento «debe ser lícito cuando sea necesario en el contexto de un contrato o de la intención de concluir un contrato» (considerando 44 RGPD).

Si para la selección de personal se realiza algún tipo de anuncio o convocatoria pública, debería incluirse en ella la información del art. 13 del RGPD.

Si el currículo se presenta directamente por la persona candidata sin habérselo solicitado, deben fijarse procedimientos de información que supongan algún acuse o confirmación de que se han conocido las condiciones en las que se desarrollará el tratamiento.

El deber de información deberá llevarse a cabo a través de un medio que permita acreditar su cumplimiento, debiendo conservarse mientras persista el tratamiento de los datos del afectado.

La entidad es responsable de la custodia de la documentación entregada por la persona candidata (por ejemplo, el currículum vitae).

En caso de pérdida de esa documentación, que contiene datos personales, la entidad incurrirá en infracción del RGPD (principio de integridad y confidencialidad).

Una vez concluido el proceso de selección, si la persona candidata no es contratada, desaparece la base jurídica para el tratamiento de datos por lo que sería necesario su consentimiento para un futuro tratamiento (por ejemplo, incorporación a una bolsa de trabajo), salvo que el empleador pueda demostrar un interés légitimo. En caso contrario, debe destruir el currículum y proceder a la supresión y bloqueo de los datos personales.